Lista de Premios

TRABAJO DE GRADOOtorgado por: CPIQ

El premio al mejor trabajo de grado es una iniciativa del Consejo que viene realizándose desde 1987 para premiar a los mejores proyectos de grado elaborados por estudiantes de Ingeniería Química, con el fin de iniciar el espíritu investigativo en aquellos, para que busquen alternativas de solución a problemas técnicos colombianos y fomenten el aprovechamiento racional de los recursos y materias primas de nuestro país.

El Consejo Profesional de Ingeniería Química crea el premio al mejor trabajo de grado considerando que que es función de este consejo propender por el desarrollo de la profesión de Ingeniero químico estimulando altos patrones de ejecutorias científicas y tecnológicas, que el progreso de la profesión de Ingeniero Químico no puede, ni debe desvincularse del desarrollo Colombiano general. Además que los grandes recursos naturales del país no han sido aprovechados cabalmente por falta de un desarrollo tecnológico científico autóctono.

RESOLUCION No 985 Por el cual se crea el Premio Nacional al mejor trabajo de Grado en Ingeniería Química

RESOLUCION No 985

 

  “Por el cual se crea el Premio Nacional al mejor trabajo de Grado en Ingeniería Química”

  EL CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA QUIMICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO

1. Que la Ley 18 de 1976 por la cual se reglamenta el ejercicio de la Profesión de Ingeniero Químico en el país, en su artículo 14, inciso f establece que el Consejo Profesional debe “Colaborar con las autoridades Universitarias y Profesionales en el estudio y establecimiento de los requisitos académicos y curriculares de los profesionales de Ingeniería Química”.

2. Que es necesario fomentar y promover el espíritu investigativo en los estudiantes de Ingeniería Química.

3. Que es fundamental la búsqueda de alternativas para solucionar los problemas técnicos nacionales.

4. Que es necesario fomentar el aprovechamiento racional de los recursos y materias primas nacionales.

5. Que es de vital importancia estimular la sustitución de importaciones de insumos químicos factibles de producirse en el país.

6. Que es necesario promocionar e incentivar la creación de la industria Química.

7. Que es necesario fomentar la educación de posgrado.

8. Que es fundamental la formación de los profesionales que potencialmente presenten trabajos de alta calidad en eventos científicos nacionales e internacionales.

RESUELVE

ARTICULO 1º. Crear el “Premio Nacional al Mejor trabajo de grado” presentado al culminar los estudios de pregrado en Ingeniería Química en las diferentes universidades que ofrecen esta carrera en el país.

ARTICULO 2º. El consejo Profesional establecerá anualmente la fecha de convocatoria del premio.

La convocatoria definirá la cuantía del Premio, estableciéndose en todo caso que este se entregará en especie para estimular actividades tales como auxilio para pago de matrícula, cursos de posgrado o de educación continuada o actualización en Colombia, adquisición de libros técnicos, suscripción a revistas especializadas o apoyo inicial para la creación de la Industria Química , etc…

ARTICULO 3º. Para garantizar el cumplimiento de la presente resolución, se establecen las siguientes condiciones:

a. Podrán participar todas las universidades Colombiana que ofrezcan estudios de Ingeniería Química debidamente aprobadas por el estado.

b. Cada universidad hará el proceso de selección internamente, pudiendo enviar hasta dos(2) trabajos para el concurso.

c. La fecha límite para la recepción de los trabajos participantes es el último día hábil del mes de mayo de cada año.

Parágrafo 1. Para los efectos de este artículo, la Universidad Nacional podrá enviar hasta seis(6) trabajos, dos (2) por cada una de las sedes de Bogotá, Manizales y Medellín.

Parágrafo 2. La universidad que envía los trabajos deberá certificar que estos han sido aprobados entre Junio del año anterior y Mayo del año en que se otorga el premio.

ARTICULO 4º. El Premio será otorgado por un jurado calificador designado por el Consejo Profesional, el cual estará integrado por cinco(5) miembros, al menos dos(2) de los cuales pertenecen al mencionado Consejo.

ARTICULO 5º. El premio será entregado en el mes de Agosto de cada año, durante ceremonia especial a la que deberán asistir al menos, el presidente del Consejo Profesional o su delegado, el presidente de la Sociedad Colombiana de Ingeniería Química o su delegado y el Decano o Director de la carrera de ingeniería Química de la cual es egresado el ganador.

Parágrafo: Adicionalmente, el Consejo profesional de Ingeniería química entregará diplomas al director y autores del trabajo galardonado y expedirá gratuitamente la matricula profesional a los ganadores.

ARTICULO 6º . Por el presente año, la financiación del premio será asegurado por el Consejo Profesional de Ingeniería Química.

A partir de la fecha el Consejo hará las gestiones necesarias para lograr que el premio se otorgue con el patrocinio de entidades e industrias químicas nacionales.

ARTICULO 7º La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá a los 6 días del mes de Febrero de mil novecientos ochenta y siete (1987).

ALVARO HERNANDEZ CARDONA
El Presidente del Consejo Profesional de Ingeniería Química En Colombia

DESIDERIO BAZURTO LEON
Secretario.



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VIDA Y OBRAOtorgado por: CPIQ

El Consejo Profesional de Ingeniería Química de Colombia - C.P.I.Q. - desea resaltar cada dos años, la conribución que una Persona y una Institución hayan hecho, de una manera significativa, contínua y relevante, al desarrollo de la Ingeniería Química colombiana.

RESOLUCION No.5230 del 15 de Marzo de 2002, por la cual se crea y reglamenta el PREMIO A LA VIDA Y OBRA , en Ingeniería Química.

RESOLUCION No.5230

Acta No.192

15 de Marzo de 2002

  "Por la cual se crea y reglamenta el PREMIO A LA VIDA Y OBRA , en Ingeniería Química.”

  EL CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA QUIMICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO

 

1. Que es función del Consejo propender por el estímulo y desarrollo de la profesión y el continuo mejoramiento de la calificación de los Ingenieros Químicos colombianos, mediante elevados patrones profesionales de ética, educación, conocimientos, retribución y ejecutorias científicas y tecnológicas.

2. Que es intención del Consejo, para dar cumplimiento a dicha función, tener en cuenta las realizaciones de personas e instituciones.


RESUELVE  

ARTICULO 1º. Crear el PREMIO A LA VIDA Y OBRA , en Ingeniería Química.

ARTICULO 2º. El Premio está destinado a reconocer la contribución que hayan hecho de una manera significativa, continua y relevante al desarrollo de la Ingeniería Química colombiana, una Persona y una Institución.

ARTICULO 3º. El Premio será entregado cada dos años, en dos categorías, Personal e nstitucional, en el año de realización del Congreso Colombiano de Ingeniería Química, durante el desarrollo del mismo.

ARTICULO 4º. El Premio consistirá en un reconocimiento no económico, para ambas categorías, el cual será definido por el Consejo Profesional de Ingeniería Química.

ARTICULO 5º. El Consejo hará la convocatoria al Premio, al menos con doce (12) meses de anticipación a la entrega del mismo.

ARTÍCULO 6º. Los nominados en la Categoría Personal deberán ser Ingenieros Químicos que cumplan con el objetivo del Premio.

Los nominados en la Categoría Institucional deberán ser Instituciones, oficiales o privadas, que cumplan con el objetivo del Premio

ARTÍCULO 7º. Las candidaturas, en ambas categorías, deberán presentarse mediante comunicación escrita al Consejo Profesional de Ingeniería Química, en la cual conste la nominación del candidato, la exposición de los motivos que la respaldan y una breve descripción de la contribución del nominado a la Ingeniería Química colombiana.

Esta comunicación escrita deberá ser expedida por alguna de las siguientes entidades:

Universidades, Centros e Institutos de Investigación.

Empresas relacionadas con el ejercicio de la Ingeniería Química

Academias y Asociaciones Científicas y Tecnológicas

Organismos nacionales dedicados al fomento de la ciencia y la tecnología

Juntas Directivas de la Asociación Colombiana de Ingeniería Química, a nivel Nacional o Regional

Consejo Profesional de Ingeniería Química

Grupo de diez personas, el cual cuente mínimo con un Ingeniero Químico matriculado.

ARTÍCULO 8º. No podrán ser nominados en la Categoría Personal los miembros actuales del consejo Profesional de Ingeniería Química y de las juntas directivas, a nivel Nacional y Regional, de la Asociación Colombiana de Ingeniería Química.

No podrán ser nominados en la Categoría Institucional el Consejo Profesional de Ingeniería Química y la Asociación Colombiana de Ingeniería Química, a nivel Nacional y Regional.

ARTICULO 9º. El Premio a la Vida y Obra en Ingeniería Química, en ambas categorías, será juzgado y otorgado por un Jurado autónomo, compuesto por tres(3) personas, nombradas por el Consejo Profesional de Ingeniería Química.

ARTICULO 10º. El Jurado establecerá su propio reglamento para la evaluación de los nominados, en ambas categorías, y deberá elaborar un Acta de Declaración de Ganadores, la cual será entregada al Consejo.

ARTICULO 11º. Los gastos que ocasione el Premio se cubrirán con cargo al Fondo Especial para la Promoción de la Ingeniería Química.

ARTICULO 12º. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y Cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de Marzo de 2.002.

ING. MARCELO RIVEROS ROJAS
Presidente

ING. MARIA LEONOR VILLADA SALAZAR
Secretaria



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