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Decreto 371 de 1982


DECRETO NÚMERO 371 DEL 7 DE FEBRERO DE 1982

Por el cual se reglamenta la Ley 18 de 1976 sobre el ejercicio de la profesión de Ingeniero Químico.

 

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA


En ejercicio de las atribuciones que le confiere el ordinal 3º. del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia.

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Cuando en el articulado del presente Decreto se haga referencia a la Ley, se entenderá la Ley 18 de 1976.

ARTÍCULO 2º. Solamente podrán ejercer la profesión de Ingeniero Químico en el Territorio Nacional:

  1. Quienes obtengan o hayan obtenido título de Ingeniero Químico, expedido por cualquier Universidad o Escuela Universitaria reconocida por el Gobierno Nacional de acuerdo con las normas legales y que funcione o haya funcionado en el país;...

 

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